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De Interés: El Contrato De Convivencia

"Convivir es conceder", es la idea fuerza que debe inspirar la decisión más importante que debe tomar la pareja para consolidarse. En este sentido, el contrato de convivencia se puede entender como los compromisos que las partes adquieren para regular su vida en común.

Naturalmente, no se trata de un documento en el sentido estricto de la palabra, aunque hay parejas que llegan a formalizar pública o privadamente sus acuerdos. Es un pacto tácito o expreso sobre lo que ambos esperan recibir y están dispuestos a ofrecerse como pareja.

 UN COMPROMISO MORAL VOLUNTARIO  
Lo peculiar de los acuerdos de convivencia es que su fuerza y utilidad no depende de nada ajeno a la voluntad de quienes lo contraen y además no obligan ni al uno ni al otro, sino que sirven de referencia para ambos. Por eso, además de constituir un elemento útil para regular la convivencia, su observancia es a la vez una fuente de autodisciplina y satisfacción personal.

Los contratos legales obligan al cumplimiento de lo pactado y son exigibles por vía judicial. En cambio el contrato de pareja es un compromiso que se asume voluntariamente en relación a la pareja. Por este motivo, cumplirlo produce un doble beneficio. El primero, personal puesto que el individuo comprueba que es capaz de hacer aquello que decide hacer. Y el segundo para la pareja, porque nada beneficia tanto a la convivencia como estar presidida por unos principios libremente elegidos y recíprocamente respetados que fundamentan su fuerza, valor y vigencia en el compromiso moral y la voluntad de cumplimiento.

 LOS DERECHOS Y DEBERES DE LA PAREJA  
Pero para que un compromiso moral sea eficaz debe reunir tres requisitos:

1º Debe decidirse desde la madurez.
2º Debe asumirse como justo, necesario y conveniente.
3º Debe focalizar sus esfuerzos no en la exigencia del cumplimiento ajeno, sino en la propia autoexigencia de observarlo.

Sobre estos tres principios básicos, todo es negociable y aceptable siempre y cuando el resultado sea válido para ambos. No es necesario que sea simétrico, ni que obligue a las mismas cosas, ni que imponga las mismas limitaciones. Basta con que ambos, de acuerdo con sus respectivas filosofías de vida, escala de valores y preferencias, consideren que resulta subjetivamente válido.

Las parejas más felices no son las que reparten más equitativamente sus tareas, deberes y funciones, sino las que no las necesitan repartir porque las saben asumir.

 CONVIVIR ES ASUMIR Y COMPARTIR  

Desde un punto de vista del reparto de tareas, la clave de una convivencia no radica en la concreción de un sistema objetivamente justo de reparto. Por dos razones: la primera, porque la objetividad en ese ámbito no es posible. Y segunda, porque si no es posible la objetividad nunca será justo el reparto. Por eso lo que debe ser justo es el pacto no el reparto. Y un pacto es justo cuando ambos lo consideran como tal y mientras lo consideran como tal. Porque el sentimiento de justicia, como todo sentimiento, cambia con el uso y sobre todo con el abuso.

Para ilustrar las paradojas del sistema de los pactos y repartos de las tareas de la pareja voy a utilizar un ejemplo muy gráfico que sirve a la vez de chiste y anécdota.

Se trata de una mujer que lleva 20 años fregando los platos, que le dice a su marido:
- ¡A partir de mañana fregarás los platos tú!
Y el marido le contesta:
- ¿A qué viene eso ahora, después de 20 años?
A lo cual la esposa responde:
- Pues, precisamente por eso.

Está claro que cada uno tiene su 'razón' pero uno la apoya en la lógica de la tradición y la otra en la evidencia de lo injusto de la situación y desde la fuerza de la saturación. El modelo les ha servido mientras les ha servido, pero ahora deben negociar un nuevo marco con un nuevo reparto.

Éste va a poner a prueba su capacidad de negociación. Y en esa prueba la pareja saldrá fortalecida o entrará en crisis, de su madurez dependerá.

 CONCLUSIÓN  

No hay modelos de reparto de tareas objetivamente justos, sino esquemas subjetivamente válidos. Éstos deben ser plásticos, evolutivos y adaptables, tanto como lo sea la dinámica de la pareja y la evolución personal de las partes implicadas.



Antoni Bolinches
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